
El tiempo que dedicamos cada día al trabajo absorbe la mayor parte de nuestro tiempo, por lo que es lógico pensar que un gran número de accidentes se produzca, precisamente, cuando prestamos nuestros servicios profesionales, tanto por cuenta ajena como también por cuenta propia. A ello, hay que añadir el hecho de que las lesiones o enfermedades que se producen dentro del ámbito de una relación laboral tienen una especial complejidad y que son objeto de numerosísimas reclamaciones ante los Juzgados y Tribunales del Orden Social.
Nos referimos a reclamaciones que tienen por objeto;
- Incapacidad Temporal.
- Altas médicas indebidas.
- Invalidez Permanente en cualquiera de sus grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez.
- Revisiones del grado de la incapacidad permanente reconocida por la Seguridad Social.
- Determinación de contingencias: Común o enfermedad profesional o accidentes de trabajo.
- Reintegro de Gastos Médicos en la utilización de servicios sanitarios privados.
- Reclamaciones de pensiones de viudedad.
- Accidente de Trabajo.
- Recargo de Prestaciones por falta de medidas de seguridad del empresario.
- Enfermedades Profesionales.
Para reclamar por los daños que hemos sufrido en el desempeño de nuestro trabajo y, en especial, para garantizar la viabilidad de la misma, es necesario actuar con prontitud y para ello recomendamos a nuestros clientes seguir algunas pautas básicas y preparatorias, que, por supuesto, deben ser guiadas y supervisadas por un especialista en la materia;
- Recopilación de pruebas.- Recopilar y guardar todos los elementos de prueba que acrediten la existencia de la relación laboral para el supuesto de que no se hubiera formalizado un contrato de trabajo, justificantes de pago de salario, fotos y videos que pudieran haberse realizado de las instalaciones en las que se produjo el accidente, información de seguridad dada por el empleador a los trabajadores, datos de identificación y dirección de testigos que hayan presenciado el accidente, informes médicos, etc.
- Comunicación del accidente.- Comunicar expresamente a los responsables el accidente sufrido y los daños ocasionados, dejando constancia, por escrito y con constancia de recibo, si fuera posible, en el libro de reclamaciones correspondientes. Comunicación a la Inspección de Trabajo el accidente sufrido y poner en su conocimiento los daños ocasionados.
- Asesoramiento permanente.- Consultar con un abogado en todo momento al objeto de guiar y supervisar el procedimiento: Lamentablemente, nuestra experiencia nos ha demostrado que de no ser así, muchas de las reclamaciones realizadas por los propios clientes terminan por perjudicarse o ser insuficientes, frustrando una posible y futura reclamación judicial.
No se resigne, su reclamación puede ser objeto de compensación. Consulte con nuestro Despacho, estamos especializados en Derecho Laboral y responsabilidad civil derivada y analizaremos su caso y en todo momento estaremos defendiendo su causa proporcionando asesoramiento permanente, dándole una opinión fundada, manteniendo reuniones con las partes implicadas con el fin de solucionar la controversia por vía amistosa y, en caso contrario, proporcionando nuestra experiencia ante Juzgados y Tribunales.
La condición de víctima exige, cada día más, un asesoramiento altamente especializado en la materia que permita contar con la mejor defensa y asesoramiento posible. Ello por varias razones;
- Complejidad de la materia.- Por un lado, por la especial complejidad de la materia de responsabilidad civil que exige un conocimiento profundo de los concretos daños que deben ser indemnizados cuando se sufre un daño, así como del diverso tratamiento dado en atención a su naturaleza. Nos referimos con ello a los daños o lesiones corporales padecidos, los daños causados a nuestro patrimonio o los daños morales.
- Circunstancias particulares de cada víctima.- Por otro lado, porque es necesario conocer las circunstancias particulares de cada víctima tanto en el ámbito familiar, como social y laboral al objeto de poder evaluar el alcance real de los daños padecidos y ajustar así la eventual reclamación a la realidad.
- Posición de privilegiada de las aseguradoras.- Por último, porque, lamentablemente, resulta un hecho conocido por todos que tanto los responsables de los daños causados como las compañías de seguros, tratarán de eludir o minimizar el coste de las indemnizaciones que pudieran corresponder a los perjudicados. Y es que no son pocas las ocasiones en las que aprovechan su posición de privilegio y la de debilidad de la víctima para retrasar los expedientes, realizar ofertas que no reparan los daños reales causados y que están muy por debajo de cualquier expectativa razonable.
¿En que consiste la especialización en responsabilidad civil laboral?.- La vida diaria conlleva, nos guste o no, la necesidad de asumir la existencia de una serie de riesgos, así como que de ellos se deriven daños de todo tipo, esto es, personales, patrimoniales, corporales, morales, etc. Sin embargo, como ciudadanos no estamos obligados a soportar todos los daños, sino que, por el contrario, tenemos derecho a ser indemnizados por ellos. En este sentido, el daño, como perjuicio que se nos causa, puede derivar tanto del incumplimiento de un contrato, como por una acción u omisión que tenga como base la falta de diligencia de un tercero, como también del ejercicio de actividades que provocan un riesgo concreto.
El daño no obligado a soportar.- Actualmente, y cada vez con mayor fuerza, la víctima esta más protegida y una vez se ha producido el daño, y en aplicación del principio de responsabilidad civil, debe procederse a su reparación íntegra. Ello se debe, en esencia, a que el daño supone una lesión que la víctima no tiene la obligación de soportar y debe ser el causante el que asuma, desde una perspectiva económica, compensar a la víctima. Para ello, el daño debe ser cierto y el que lo alegue deberá siempre probarlo y, además, acreditar que ha sido causado por una acción u omisión que pueda atribuirse a un determinado sujeto y que existe una relación de causalidad entre la acción y el resultado.
No se resigne, su reclamación puede ser objeto de compensación. Consulte con nuestro Despacho, estamos especializados en Derecho Laboral y Seguridad Social y analizaremos su caso y en todo momento estaremos defendiendo su causa proporcionando asesoramiento permanente, dándole una opinión fundada, manteniendo reuniones con las partes implicadas con el fin de solucionar la controversia por vía amistosa y, en caso contrario, proporcionando nuestra experiencia ante Juzgados y Tribunales.