
El despido objetivo es una de las formas de que dispone el empleador para extinguir el contrato laboral que le vincula con el trabajador. Para ello, el despido debe cumplir con una serie de formalidades y fundamentarse en las causas objetivas que parecen reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. Entre otros, los requisitos formales a tener en cuenta son;
1. Comunicación escrita al trabajador expresando las causas que motivan la decisión empresarial.
2. Concesión de un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo.
3. Licencia retribuida de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo.
4. Puesta a disposición del trabajador de la indemnización por despido de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de 12 mensualidades. Cuando la decisión extintiva se fundare en alegación de causa económica, y como consecuencia de tal situación económica no se pudiera poner a disposición del trabajador la indemnización a que se refiere el párrafo anterior, el empresario, haciéndolo constar en la comunicación escrita, podrá dejar de hacerlo, sin perjuicio del derecho del trabajador de exigir de aquél su abono cuando tenga efectividad la decisión extintiva.